Movilización en Ucrania: ¿se puede enviar a un hombre dado de baja a VVK?

Movilización en Ucrania: se puede enviar a un hombre dado de baja a VVK

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Sofia Ropan09:32, 21 de julioLeer noticias ucranianas 1.jpg?v=1689920124000&w=840&h=472&fit=cover&output=webp&q=50″>

Hoy, la movilización general continúa en Ucrania. Algunos hombres fueron declarados no aptos para el servicio con la exclusión del registro militar.

MOVILIZACIÓN EN UCRANIA

¿Es necesario que los que no están registrados se sometan a IHC durante la movilización? – dijo la abogada Galina Tokmach. Como recordatorio, las nuevas reglas de movilización entrarán en vigencia en Ucrania a partir del 1 de agosto.

Pueden enviar a la persona dada de baja al VVK

Según el abogado, si un hombre fue excluido del registro militar de obligados al servicio militar, no puede ser enviado al VVK. Por lo tanto, la citación solo se puede entregar a una determinada categoría de ciudadanos, a saber, reclutas, sujetos obligados al servicio militar y reservistas.

Por lo tanto, se estipula que después del final del examen médico durante la movilización, el VVK toma una de las siguientes decisiones:

  • “aptitud para el servicio militar”,
  • “temporalmente no apto para el servicio militar (indicar la fecha del reexamen)”,
  • “no apto para el servicio militar con exclusión del registro militar”.

Tenga en cuenta que los ciudadanos de Ucrania que son reconocidos por las comisiones médicas militares como no aptos para el servicio militar con exclusión del registro militar están sujetos a la exclusión del registro militar en las oficinas de registro y alistamiento militar correspondientes.

¿Qué categorías de militares no se obligará a llamar a nadie? en agosto

No estarán obligados a ser convocados en agosto:

  • personas debidamente reconocidas como personas con discapacidad;
  • mujeres y hombres que mantienen a tres o más hijos menores de 18 años;
  • mujeres y hombres que crían de forma independiente a un hijo o hijos menores de 18 años; 18 años;
  • mujeres y hombres, tutores, fideicomisarios, padres designados, padres adoptivos que crían a un niño con una discapacidad menor de 18 años;
  • mujeres y hombres, tutores, cuidadores, padres designados, cuidadores que crían a un niño enfermo (lesiones perinatales graves del sistema nervioso, malformaciones congénitas graves, enfermedades huérfanas raras, enfermedades oncológicas, oncohematológicas, parálisis cerebral, psicosis grave tipo I, traumatismo grave, requiere trasplante de órganos, requiere cuidados paliativos (esto debe ser confirmado por un documento emitido por una comisión médica asesora);
  • mujeres y hombres que mantienen a un hijo adulto que es una persona con una discapacidad del grupo I o II;
  • padres adoptivos, tutores, custodios, padres designados, padres adoptivos que mantienen huérfanos o niños privados del cuidado de los padres, menores de 18 años;
  • personas dedicadas al cuidado constante de una esposa (esposo) enferma, niño, así como sus padres o esposa (cónyuge), quienes, según la conclusión de una comisión de expertos médicos y sociales o una comisión médica asesora de una institución de salud, necesitan atención constante;
  • aquellos que tienen una esposa (cónyuge) de una persona con una persona con discapacidad y/o uno de sus padres o padres de una esposa (cónyuge) de una persona con discapacidad del grupo I o II;
  • tutores de una persona con discapacidad reconocida por el tribunal como incapacitada;
  • personas que se dedican al cuidado constante de una persona con discapacidad del grupo I;
  • personas que se dedican al cuidado constante de una persona con discapacidad del grupo II o una persona, según la conclusión de MSEK o una comisión de médicos pero asesores, requiere cuidado constante, en el ausencia de otras personas que puedan proporcionar dicha atención.

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