Se modifican las condiciones de movilización y reserva: el abogado señala un matiz
< source _ngcontent-sc92="" media="(ancho mínimo: 621px) y (ancho máximo: 1920px)" type="image/webp" srcset="https://24tv.ua/resources /fotos/noticias/202307/2345001.jpg?v=1688193319000&w=840&h=472&fit=cover&output=webp&q=50"> En Ucrania, se ha reducido el círculo de ciudadanos que pueden recibir un aplazamiento de la movilización. Los cambios afectarán principalmente a hombres e hijos de personas con discapacidad del primer y segundo grupo. La reforma está contenida en el proyecto de ley N° 9342, que fue aprobado el 28 de junio. Ya ha sido firmado por el presidente Volodymyr Zelensky. La abogada Daria Tarasenko explicó matices importantes. En particular, enfatizó que manutención y cuidado no son lo mismo, porque la manutención es la seguridad económica del individuo. Se trata sólo de aquellos que están obligados a mantener por ley. No importa si cumple con tal obligación, y si alguien más realiza la retención, incluso alguien que no tiene tal obligación, señaló el abogado.Quién debe mantener a una persona con discapacidad:
En todos los casos anteriores, la obligación de alimentos surge únicamente cuando una persona con discapacidad necesita asistencia material.
¿Cómo se determina que una persona necesita asistencia financiera?
El abogado señala que no existe una regla general. En cada caso específico, los tribunales, considerando disputas sobre la recuperación de fondos para el mantenimiento de una persona, determinan si los ingresos de dicha persona (en particular, una pensión) reembolsan los gastos necesarios de una persona.
Por lo tanto, el abogado señala que sin la confirmación de la persona misma de que necesita asistencia material, es absolutamente imposible establecer el hecho de tal necesidad. En consecuencia,la CCC y la SP no tienen ninguna posibilidad real de establecer que una persona con discapacidad tiene necesidad de asistencia económica.
“Se debe presumir que una persona no requieren asistencia financiera, a menos que se demuestre lo contrario. En consecuencia, si una persona con una discapacidad no necesita asistencia material, entonces ninguno de los familiares tiene la obligación legal de mantenerlos “, señala Tarasenko.
Nota ! En la práctica, el TCC y la SP no pueden negarse a otorgar un aplazamiento a los sujetos obligados al servicio militar que tienen parientes cercanos con discapacidad con el argumento de que hay otras personas que están obligadas por ley a mantener.